lunes, enero 29, 2007

EXPOSICION # 15 LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO


La Ley garantizará la protección de los trabajadores en los términos previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes, así como el funcionamiento, para trabajadores y empleadores, de una jurisdicción laboral autónoma, imparcial y especializada. Los Tribunales del Trabajo son: a) Tribunales del Trabajo que conoce, en primera instancia.
b) Tribunales Superiores del Trabajo que conocen en segunda instancia.
c) Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social. Los Tribunales del Trabajo se organizarán, en cada circuito judicial, en dos instancias:
- Una primera instancia integrada por los Tribunales de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, y los Tribunales de Juicio del Trabajo.
- Una segunda instancia integrada por los Tribunales Superiores del Trabajo Su organización, composición y funcionamiento se regirá por las disposiciones establecidas en esta Ley y en las leyes respectivas.
PRINCIPIOS QUE ORIENTAN EL NUEVO PROCESO LABORAL VENEZOLANO:
1) Principio de autonomía y especialidad de la jurisdicción laboral (Artículo 1 de la Ley)
2) Principio de Gratuidad (Artículo 8 de la Ley).
3) Principio de oralidad (Artículo 3 de la Ley).
4) Principio de Inmediación (Artículos 2 y 5 de la Ley).
5) Principio de Concentración (Artículo 6 de la Ley).
6) Principio de Publicidad (Artículo 4 de la Ley).
7) Principio de abreviación (Artículo 2 de la Ley).
8) Principio de rectoría del juez en el proceso (Artículo 6 de la Ley).
9) Principio contrato de trabajo-contrato realidad (Artículo 2 de la Ley).
10) Principio de la sana critica al valorar la prueba por el juzgador (Artículo 10 de la Ley).
11) Principio de uniformidad procesal (Artículo 2 de la Ley).

ALGUNOS DEBERES DE LOS SECRETARIOS DE LOS TRIBUNALES DEL TRABAJO SON LOS SIGUIENTES:
1. Dirigir la Secretaria, de acuerdo con lo que disponga el Juez;
2. Recibir y autorizar las solicitudes y exposiciones,
3. Expedir las copias certificadas que deban quedar en el Tribunal,
4. Recibir y entregar la secretaría y el archivo del Tribunal, bajo formal inventario que firmarán el Juez, el Secretario saliente y el entrante;
5. Asistir a las audiencias del Tribunal, entre otras.

FUNCIÓN DEL ALGUACIL:
-Comunicar Actos Procesales (citaciones, notificaciones).
-Material de los Asuntos de Juzgado (entregar oficios y correspondencias a terceros).

Cabe destacar que una notificación es un medio impreso emanado de los Tribunales donde se le notifica a la parte demandada para contestar la demanda en su contra.

Por otra parte la Instancia de Mediación la cual se utiliza con el objetivo de lograr la conciliación entre las partes para que de ser posible se dé por terminado el proceso o resolución del conflicto. De llegar a una conciliación el Juez redacta un documento donde ambas partes deben firmar, de lo contrario si alguna de las partes o ambas partes no están de acuerdo se lleva a cabo la etapa del juicio precedida por el Juez de Primera Instancia del Trabajo.

ETAPAS DEL JUICIO
-El Juez al 5to día hábil de recibido el expediente fija la fecha para la celebración de la audiencia de juicio.
- Se realiza la audiencia donde deben comparecer ambas partes.
- Concluido el debate oral el juez, decidirá la causa en formal oral reduciéndola a escrita en los 5 días hábiles.